Convenio de Distribución Farmacéutica 2025
Convenio Colectivo Estatal para el Comercio de Distribuidores de Especialidades y Productos Farmacéuticos · Vigencia 2024-2026
Fuente: BOE-A-2025-16309
Calculadora de Sueldo Neto — Distribución Farmacéutica
Tablas salariales — Distribución Farmacéutica 2024-2026
Salarios anuales por grupo profesional según el Convenio Estatal para el Comercio de Distribuidores de Especialidades y Productos Farmacéuticos. Fuente: BOE-A-2025-16309. El salario de grupo recoge la totalidad de los conceptos retributivos fijos en actividad normal, sin incluir la antigüedad (cuatrienios) ni complementos variables.
| Grupo | Anual 2024 | Anual 2025 (+3,4%) | Anual 2026 (+3%) | Mensual 2025 (14p.) |
|---|---|---|---|---|
| Grupo 0 (Dirección) | 27.235,61 € | 28.161,62 € | 29.006,47 € | 2.011,54 € |
| Grupo I (Técnico Titulado) | 23.493,57 € | 24.292,35 € | 25.021,12 € | 1.735,17 € |
| Grupo II (Técnico Medio) | 20.948,65 € | 21.660,90 € | 22.310,73 € | 1.547,21 € |
| Grupo III (Auxiliar) | 19.674,47 € | 20.343,40 € | 20.953,70 € | 1.453,10 € |
| Grupo IV (Auxiliar Almacén) | 18.876,36 € | 19.518,16 € | 20.103,70 € | 1.394,15 € |
| SMG Sector | 19.646,41 € | 20.314,39 € | 20.923,82 € | 1.451,03 € |
SMG: Salario Mínimo Garantizado del sector, que aplica cuando los conceptos fijos de la empresa en su conjunto resulten inferiores a este importe. No incluye cuatrienios (5% del salario de grupo cada 4 años) ni complementos variables.
Información clave del Convenio de Distribución Farmacéutica
El Convenio Colectivo Estatal para el Comercio de Distribuidores de Especialidades y Productos Farmacéuticos (código 99001115011981) fue firmado el 24 de marzo de 2025 entre la patronal FEDIFAR y los sindicatos UGT-Servicios Públicos, CCOO de Industria y FS-USO, publicado en el BOE el 6 de agosto de 2025 (BOE-A-2025-16309). Tiene vigencia del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2026, con efectos económicos retroactivos desde el 1 de enero de 2024.
Este convenio regula a los trabajadores de mayoristas distribuidores de medicamentos y productos farmacéuticos a nivel nacional: almacenes de distribución, delegados comerciales, técnicos de logística y personal administrativo de empresas como Cofares, Alliance Healthcare, CECO, Federación Farmacéutica y similares. Es distinto al convenio de oficinas de farmacia, que regula al personal que trabaja directamente en las farmacias.
La jornada máxima es de 1.760 horas anuales. Los incrementos salariales pactados son del 3,4% para 2024 y 2025 y del 3% para 2026. La antigüedad se retribuye mediante cuatrienios del 5% del salario de grupo por cada 4 años de servicio en la empresa.
Preguntas frecuentes — Convenio de Distribución Farmacéutica
¿Cuánto cobra un trabajador de la distribución farmacéutica en 2025?
Los salarios en 2025 oscilan entre 19.518,16 €/año para el Grupo IV (auxiliar de almacén / mozo) y 28.161,62 €/año para el Grupo 0 (dirección). El Salario Mínimo Garantizado del sector es de 20.314,39 € anuales. A estos importes hay que sumar los cuatrienios (5% por cada 4 años de antigüedad) y otros complementos variables.
¿Qué diferencia hay entre el convenio de distribución farmacéutica y el de oficinas de farmacia?
Son convenios distintos para trabajadores muy diferentes. El convenio de distribución farmacéutica regula a los trabajadores de almacenes mayoristas que distribuyen medicamentos a farmacias y hospitales (conductores, mozos, delegados comerciales, técnicos). El convenio de oficinas de farmacia regula a los farmacéuticos, técnicos y auxiliares que trabajan en la farmacia abierta al público y atienden directamente a los pacientes.
¿Cómo funciona la antigüedad en el convenio de distribución farmacéutica?
La antigüedad se retribuye mediante cuatrienios: por cada 4 años de servicio en la misma empresa se percibe un complemento equivalente al 5% del salario de grupo. Estos cuatrienios no tienen límite máximo y se acumulan de forma indefinida. Se computan desde la fecha de ingreso en la empresa, no desde el inicio en el sector.
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