Convenio de Reforma Juvenil y Protección de Menores 2025
V Convenio Colectivo Estatal de Reforma Juvenil y Protección de Menores · Vigencia desde 2026
Fuente: BOE-A-2024-26188 (publicado 16 de diciembre de 2024)
Calculadora de Sueldo Neto — Reforma Juvenil y Protección de Menores
Tablas de referencia 2025 (IV Convenio en ultraactividad hasta entrada en vigor del V). Los centros cerrados y semiabiertos tienen complementos adicionales por turnicidad y nocturnidad.
Tablas salariales — Reforma Juvenil y Protección de Menores
El V Convenio Colectivo Estatal de Reforma Juvenil y Protección de Menores (BOE-A-2024-26188) fue publicado el 16 de diciembre de 2024 y unifica las tablas de centros cerrados, semiabiertos y abiertos. Una de sus principales novedades es la eliminación de las diferencias salariales históricas entre el ámbito de reforma juvenil y el de protección de menores.
| Grupo | Puestos de trabajo tipo | Salario base mensual (ref. 2025) | Anual (×14) |
|---|---|---|---|
| Grupo 1 (titulados sup.) | Psicólogo/a, Médico/Psiquiatra, Pedagogo/a | ~2.450,00 € | ~34.300 € |
| Grupo 1 (titulados med.) | Trabajador/a Social, Graduado/a Social, DUE de dirección | ~2.050,00 € | ~28.700 € |
| Grupo 2 | Educador/a Social, DUE, Maestro/a de Primaria, Mediador/a | ~1.790,00 € | ~25.060 € |
| Grupo 2 (medio abierto) | Técnico/a de Intervención, Monitor/a de Talleres | ~1.575,00 € | ~22.050 € |
| Grupo 3 | Auxiliar Técnico Educativo, Monitor/a de Ocio, Controlador/a | ~1.400,00 € | ~19.600 € |
| Grupo 4 | Auxiliar Clínica, Administrativo/a, Cocinero/a, Mantenimiento | ~1.230,00 € | ~17.220 € |
| Grupo 5 | Auxiliar Servicios Generales, Empleados Domésticos, Limpieza | ~1.120,00 € | ~15.680 € |
Nota: Los importes son orientativos basados en las tablas del IV Convenio con la revisión 2025. El V Convenio unifica las tablas de todos los regímenes. Consulta el texto completo en el BOE-A-2024-26188 para los importes exactos de cada categoría.
Pluses y complementos habituales del sector
| Complemento | Referencia |
|---|---|
| Nocturnidad (22:00-06:00) | 25% sobre salario hora |
| Festivo trabajado | Compensación en descanso o retribución |
| Turno de guardia 24h (centros cerrados) | Establecido en tabla propia del convenio |
| Complemento de Dirección / Subdirección | Establecido en el art. 67 del convenio |
Información clave del V Convenio de Reforma Juvenil y Protección de Menores
El V Convenio Colectivo Estatal de Reforma Juvenil y Protección de Menores fue suscrito el 19 de septiembre de 2024 y publicado en el BOE el 16 de diciembre de 2024 (BOE-A-2024-26188). Sustituye al IV Convenio y tiene vigencia desde el 1 de enero de 2026. Su ámbito funcional incluye entidades privadas que gestionan medidas de responsabilidad penal juvenil (centros de internamiento, programas de medio abierto), centros de acogida, casas de familia y programas de protección de la infancia y la adolescencia.
Una de las principales novedades del V Convenio es la equiparación de las tablas salariales entre el ámbito de reforma juvenil y el de protección de menores, eliminando la brecha histórica entre ambos sectores. Se mantiene la estructura de 5 grupos profesionales con tablas diferenciadas según la cualificación. Para la Comunidad de Madrid existe un acuerdo retributivo específico (BOE-A-2024-8146) que añade un complemento autonómico.
Los centros de internamiento de régimen cerrado y semiabierto tienen pluses adicionales por la especificidad de la jornada (turnos de 24 horas, nocturnidad, festivos). La jornada máxima anual se establece en el convenio conforme a la legislación vigente, adaptándose automáticamente a cualquier modificación legal de la jornada máxima.
Preguntas frecuentes — Convenio de Reforma Juvenil y Protección de Menores
¿Cuánto cobra un educador en un centro de menores en 2025?
Un Educador/a Social (Grupo 2) percibe aproximadamente 1.790 € brutos mensuales de salario base en 2025. En centros cerrados, a esto se añaden los pluses de turnicidad (por trabajar en sistema de turnos rotatorios) y nocturnidad cuando corresponde, pudiendo elevar la retribución total en 200-400 €/mes adicionales. En programas de medio abierto, el salario base es algo inferior (~1.575 €/mes) al no conllevar los mismos complementos de jornada.
¿Qué diferencia hay entre el V Convenio y el IV Convenio anterior?
La principal novedad del V Convenio es la equiparación salarial entre los trabajadores del ámbito de reforma juvenil (medidas judiciales con menores infractores) y los de protección de menores (acogimiento, tutela, atención a menores en situación de riesgo), que históricamente tenían tablas diferentes. El V Convenio también amplía el ámbito funcional y actualiza la regulación conforme a la reforma del Estatuto de los Trabajadores.
¿A qué entidades se aplica el convenio de reforma juvenil?
Se aplica a entidades privadas (fundaciones, asociaciones, empresas) que gestionan en concesión o concierto con la administración: centros de internamiento de régimen cerrado, semiabierto y abierto para menores infractores, programas de libertad vigilada y de convivencia con familia ajena, centros de acogida y protección de menores, pisos tutelados, unidades de día y programas de apoyo a la emancipación. No se aplica a los centros gestionados directamente por la administración pública.
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