Convenio Colectivo de Droguerías y Perfumerías 2022-2025 (prorrogable)

IV Convenio colectivo estatal de comercio minorista de droguerías y perfumerías · Vigencia 2022-2025 (prorrogable)
Fuente: BOE-A-2024-26662 · BOE-A-2025-5099 · BOE-A-2025-9129

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Tablas salariales del Convenio de Droguerías y Perfumerías

Salario anual por categoría según IV Convenio colectivo estatal de comercio minorista de droguerías y perfumerías. Fuente: BOE-A-2024-26662 · BOE-A-2025-5099 · BOE-A-2025-9129.

CategoríaAnual 2025Mensual 2025 (15 pagas)
Director/a (grupo V)20.378,95 €1358,60 €
Jefe/a de Sector (grupo V)20.378,95 €1358,60 €
Jefe/a de Unidad o de Sección (grupo V)18.869,46 €1257,96 €
Técnico/a Analista de Sistemas (grupo IV)18.869,46 €1257,96 €
Titulado/a y Técnico/a de Parafarmacia (grupo IV)18.123,36 €1208,22 €
Técnico/a Informático/a (grupo IV)18.123,36 €1208,22 €
Jefe/a de Equipo (grupo III)18.123,36 €1208,22 €
Secretario/a (grupo II)17.198,99 €1146,60 €
Segundo/a Encargado/a, Maquillador/a, Esteticista (grupo III)17.105,81 €1140,39 €
Vendedor/a, Comercial, Repartidor/a, Decorador/a (grupo II)16.557,48 €1103,83 €
Oficial Administrativo/a, Ayudante Programador/a (grupo II)16.557,48 €1103,83 €
Auxiliar Administrativo/a, Ayudante Operador/a (grupo I)16.431,66 €1095,44 €
Personal auxiliar, Cajero/a, Ayudante de Venta (grupo I)16.431,66 €1095,44 €
Reponedor/a (grupo I)16.431,66 €1095,44 €

Nota: salarios mínimos del convenio estatal. Muchas empresas abonan retribuciones superiores.

SMI: alguna categoría de la tabla queda por debajo del salario mínimo de 2025 (16.576,00 € al año). Mientras no haya tablas de 2026, ninguna categoría puede cobrar menos que el salario mínimo de 2026 (17.094,00 € al año), y alguna de esta tabla queda por debajo. El SMI se aplica igualmente sobre el total anual: ningún convenio lo puede rebajar (art. 27 del Estatuto de los Trabajadores).

Pluses y complementos

PlusImporte
Plus de nocturnidad (art. 44), horas entre las 22:00 y las 6:0025 % del salario base personal
Plus de disposición (art. 44), personal sin centro fijo que sustituye15 % del salario base personal mínimo
Complemento de homogeneización (2025)Según provincia y grupo (anexo del BOE-A-2025-5099)

Información clave del Convenio de Droguerías y Perfumerías

El IV Convenio estatal de droguerías y perfumerías tiene vigencia del 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2025 (artículo 4) y es prorrogable. La última revisión salarial publicada es la de 2025 (BOE-A-2025-5099); para 2026 no hay tablas nuevas en el BOE.

Incluye expresamente el puesto de «Titulados/as y Técnicos/as de Parafarmacia» (grupo IV). Su salario de 2025 es de 18.123,36 € al año: la primera publicación decía 18.869,46 € y se corrigió en el BOE-A-2025-9129.

El salario anual se reparte en 15 pagas: doce mensualidades y tres pagas extraordinarias en marzo (beneficios), julio y diciembre, de una mensualidad completa cada una (artículo 50).

La jornada máxima es de 1.792 horas de trabajo efectivo al año (artículo 30).

En varias provincias se cobra además un complemento salarial de homogeneización, cuya cuantía depende de la provincia y del grupo; la revisión de 2025 lo publica en tablas aparte.

Preguntas frecuentes — Convenio de Droguerías y Perfumerías

¿Cuántas pagas tiene el convenio de droguerías y perfumerías?

Quince: doce mensualidades y tres pagas extraordinarias en marzo, julio y diciembre, de una mensualidad completa cada una (artículo 50). Se pueden prorratear por acuerdo con la representación de la plantilla.

¿Cuánto cobra un técnico de parafarmacia en una droguería o perfumería?

Según la revisión salarial de 2025, 18.123,36 € brutos al año en el puesto de «Titulados/as y Técnicos/as de Parafarmacia» (grupo IV), cifra corregida en el BOE-A-2025-9129.

¿Cuál es la jornada anual?

Un máximo de 1.792 horas de trabajo efectivo al año, respetando las jornadas inferiores que ya existan (artículo 30).

¿Cómo se paga la nocturnidad?

Con un recargo del 25 % sobre el salario base personal para las horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00 (artículo 44).

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