17 semanas — 100% BR — Exento IRPF

Maternidad y Paternidad en Farmacia 2026

Todo sobre el permiso por nacimiento en farmacia: 17 semanas al 100% de la base reguladora, exento de IRPF. Incluye información sobre el permiso parental de 2 semanas adicionales hasta los 8 años del menor. Calculadora incluida.

Datos Clave — Permiso por Nacimiento en Farmacia

17 semanas

Duración del permiso por nacimiento desde 2025. Igual para madre y otro progenitor.

100% base reguladora

Sin reducción. Se cobra el salario habitual íntegro durante todo el permiso.

Lo paga el INSS

La Seguridad Social abona directamente la prestación. La empresa no adelanta nada.

Exento de IRPF

La prestación no tributa en la declaración de la renta. Art. 7.h) LIRPF y STS 2018.

Concepto Detalle
Duración total17 semanas = 119 días naturales
Disfrute obligatorio6 semanas inmediatamente posteriores al parto/adopción (descanso mínimo)
Semanas restantes11 semanas a disfrutar antes de que el bebé cumpla 12 meses (puede ser a tiempo parcial o en períodos)
Prestación100% de la base reguladora diaria
Base reguladoraBase de cotización del mes anterior ÷ 30
¿Quién paga?INSS (Seguridad Social) en pago directo
IRPFExenta (art. 7.h LIRPF)
Permiso parental adicional2 semanas por progenitor para cuidado del menor hasta 8 años (RD-ley 5/2023). No retribuido salvo mejora de convenio.
Cotización SSDurante el permiso se mantiene la cotización a la SS (ficta)

Calculadora Prestación Maternidad/Paternidad

Aprox. igual al salario bruto mensual (sin extras)
Máximo 17 semanas (permiso por nacimiento)

Exención de IRPF — Por Qué No Tributa

Base legal de la exención

La prestación por nacimiento y cuidado de menor (maternidad y paternidad) está exenta de IRPF en virtud de dos bases legales acumuladas:

  • Art. 7.h) de la Ley del IRPF: exime de tributación las prestaciones de la Seguridad Social por maternidad/paternidad.
  • Sentencia del Tribunal Supremo de 2018: confirmó la exención incluso para los períodos previos a la modificación legal, y abrió la puerta a reclamaciones de las cantidades retenidas indebidamente en años anteriores.

Esto significa que la prestación del INSS durante las 17 semanas no aparece como rendimiento del trabajo en tu declaración de la renta y no incrementa la base imponible.

¿Afecta a las retenciones del resto del año?

Durante el permiso de maternidad/paternidad no percibes salario ordinario (lo percibe el INSS directamente). Al reincorporarte, tu empresa puede recalcular las retenciones de IRPF para el resto del año ya que tu base imponible será menor de lo habitual.

Resumen: ¿Cuánto cobro de maternidad en farmacia?

Cobras el 100% de tu base reguladora diaria durante 17 semanas (119 días). Si tu base de cotización mensual es 1.900 €, tu base reguladora diaria = 1.900 ÷ 30 = 63,33 €. La prestación bruta sería 63,33 × 119 = 7.537 €. Descontando SS (6,35%) quedan 7.058 € netos. IRPF: exento.

Derechos Laborales Durante el Permiso

Protección del puesto de trabajo

Durante el permiso de maternidad/paternidad, el contrato de trabajo queda suspendido. El puesto de trabajo queda protegido: la empresa no puede despedirte durante el permiso ni en el año siguiente al reingreso (en caso de que se acredite vinculación con el embarazo/permiso).

Cotización a la Seguridad Social

Durante el permiso, el período cotizado a la Seguridad Social se mantiene de forma ficta (como si estuvieras trabajando). Esto es importante para el cómputo de años cotizados a efectos de pensión de jubilación, sin que la empresa ni el trabajador abonen cuotas.

¿Puedo disfrutar el permiso a tiempo parcial?

Sí. Las semanas no obligatorias (10 de las 16) pueden disfrutarse a tiempo parcial, acordando con la empresa la reducción de jornada. La prestación en ese caso es proporcional a la jornada no trabajada.

Situación en el convenio de farmacia

El XXV Convenio de Farmacia no establece mejoras sobre la regulación legal general en materia de maternidad/paternidad. Se aplica íntegramente la regulación del Estatuto de los Trabajadores y la LGSS.

Preguntas Frecuentes sobre Maternidad y Paternidad en Farmacia

¿Cuánto tiempo es el permiso de maternidad/paternidad en farmacia?

Tanto la madre como el otro progenitor tienen derecho a 17 semanas de permiso por nacimiento, adopción o acogimiento desde 2025. Además, cada progenitor puede disfrutar de 2 semanas adicionales de permiso parental no retribuido para el cuidado del menor hasta que cumpla 8 años (RD-ley 5/2023).

¿Cuánto se cobra durante el permiso de maternidad en farmacia?

La prestación equivale al 100% de la base reguladora diaria (base de cotización del mes anterior ÷ 30), durante los 119 días del permiso (17 semanas). Lo abona directamente el INSS. Se descuenta la cuota de SS del trabajador (6,35%), pero está exenta de IRPF.

¿La prestación de maternidad está exenta de IRPF?

Sí. La prestación por nacimiento y cuidado de menor está exenta de IRPF según el art. 7.h) de la Ley del IRPF y la STS 2018. No aumenta la base imponible de la declaración de la renta.

¿La empresa tiene que complementar la prestación de maternidad?

No. El convenio de farmacia no obliga a la empresa a complementar. Como la prestación ya es el 100% de la base reguladora (que equivale prácticamente al salario bruto cotizable), no suele haber diferencia a complementar.

¿Se acumulan vacaciones durante el permiso de maternidad?

Sí. Durante el permiso de maternidad/paternidad se siguen acumulando los días de vacaciones anuales. Si el permiso coincide con el período vacacional pactado, tienes derecho a disfrutar las vacaciones en una fecha diferente, una vez finalizado el permiso.

¿Puedo trabajar durante el permiso de maternidad/paternidad?

Las 6 primeras semanas son de descanso obligatorio y no se puede trabajar. Las 11 semanas restantes sí pueden disfrutarse a tiempo parcial, acordando con la empresa la jornada concreta. Durante las horas trabajadas se cobra el salario ordinario; durante las no trabajadas, la prestación del INSS proporcional.

¿Qué pasa si soy autónoma y farmacéutica titular?

Si eres trabajadora autónoma (RETA), también tienes derecho a la prestación por nacimiento al 100% de la base reguladora durante 17 semanas. La gestión se realiza a través del INSS o de la mutua colaboradora, dependiendo de con quién tengas cubierta la IT.

¿Qué es el permiso parental y cómo se diferencia del permiso por nacimiento?

Son dos permisos distintos. El permiso por nacimiento (17 semanas) se disfruta justo tras el parto o adopción, es retribuido al 100% por el INSS y está exento de IRPF. El permiso parental (2 semanas por progenitor, introducido por RD-ley 5/2023) puede disfrutarse en cualquier momento hasta que el menor cumpla 8 años, es continuo o fraccionado por semanas, y no está retribuido salvo que el convenio colectivo o la empresa mejoren esta condición. El convenio de farmacia no establece mejora al respecto, por lo que durante esas 2 semanas no se cobra salario.

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