XXV Convenio + ET

Calculadora de Finiquito en Farmacia 2026

Calcula la indemnización por despido, las vacaciones pendientes y la prorrata de extras según el convenio de farmacia. Tres tipos de despido: disciplinario, objetivo e improcedente.

Calculadora de Finiquito — Farmacia 2026

Incluye pagas extras prorrateadas

Tipos de Despido en Farmacia

El Estatuto de los Trabajadores contempla tres grandes tipos de despido, con diferente indemnización. El XXV Convenio de Farmacia no mejora estos mínimos legales.

Tipo de despido Indemnización Tope máximo Fórmula
Disciplinario Sin indemnización 0 €
Objetivo (art. 52 ET) 20 días/año trabajado 12 mensualidades (Bruto anual ÷ 365) × 20 × años
Improcedente 33 días/año trabajado 24 mensualidades (Bruto anual ÷ 365) × 33 × años
Régimen transitorio — contratos anteriores al 12/02/2012

Si tu contrato es anterior al 12 de febrero de 2012, el tramo de antigüedad hasta esa fecha se calcula a 45 días/año con un tope de 42 mensualidades para ese tramo. El tramo posterior se calcula a 33 días (improcedente) o 20 días (objetivo) con los topes normales.

Despido objetivo en farmacia — causas habituales

Las causas más frecuentes de despido objetivo en farmacias son: reducción de ventas acreditada, pérdidas económicas, necesidad de amortizar el puesto por reorganización. El farmacéutico/titular debe justificarlo documentalmente.

Vacaciones Pendientes en el Finiquito

Tengas el tipo de despido que tengas —incluso en despido disciplinario—, tienes derecho a cobrar las vacaciones no disfrutadas del año en curso.

Cómo calcular las vacaciones pendientes

El convenio de farmacia establece 30 días naturales de vacaciones por año. Al finalizar el contrato, debes cobrar los días proporcionales al tiempo trabajado en el año que no hayas disfrutado:

  1. Días generados = (30 ÷ días del año) × días trabajados en el año
  2. Días pendientes = días generados − días ya disfrutados
  3. Importe diario = salario bruto anual ÷ 365 (o 366 en año bisiesto)
  4. Total vacaciones = días pendientes × importe diario

Ejemplo: Despido el 1 de abril (día 91 del año). Bruto anual 24.000 €. Sin vacaciones disfrutadas. Días generados = (30 ÷ 365) × 91 = 7,5 días. Importe = 7,5 × (24.000 ÷ 365) = 493,15 €.

Las vacaciones van en el finiquito siempre

Aunque te despidan por razón disciplinaria (y no tengas derecho a indemnización), el importe de las vacaciones pendientes y la parte proporcional del mes sí aparecen en el finiquito. Son salario devengado y no se pueden retener.

Qué Incluye un Finiquito Completo

Parte proporcional del mes

El salario de los días trabajados en el último mes, desde el día 1 hasta el día del despido.

Vacaciones no disfrutadas

Días proporcionales de vacaciones del año generados y no disfrutados, valorados a diario bruto.

Prorrata de extras pendientes

Parte proporcional de las pagas extras no cobradas desde la última paga extra cobrada.

Indemnización (si procede)

Solo en despido objetivo o improcedente. El disciplinario no genera indemnización.

Preguntas Frecuentes sobre el Finiquito en Farmacia

¿Cuánto es la indemnización por despido improcedente en farmacia?

La indemnización por despido improcedente es de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. La fórmula es: (salario bruto anual ÷ 365) × 33 × años trabajados. Para contratos anteriores al 12/02/2012 se aplica el régimen transitorio (45 días/año para ese tramo).

¿Qué es un despido objetivo en farmacia y cuánto indemniza?

El despido objetivo (art. 52 ET) se produce por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. La indemnización es de 20 días por año trabajado con un tope de 12 mensualidades. Es inferior al despido improcedente.

¿Qué incluye el finiquito en farmacia?

Un finiquito completo incluye: (1) parte proporcional del salario del mes en curso, (2) vacaciones no disfrutadas, (3) prorrata de pagas extraordinarias pendientes y (4) la indemnización si el despido lo genera. En despido disciplinario no hay indemnización pero sí los tres primeros conceptos.

¿La indemnización por despido tiene IRPF?

No, la indemnización está exenta de IRPF hasta el importe máximo legal (20 o 33 días/año según el tipo, con sus topes). Lo que supere ese límite sí tributa. Las vacaciones pendientes y la prorrata de extras sí tienen IRPF porque son salario ordinario.

¿En qué plazo deben pagarme el finiquito?

El finiquito debe abonarse en el momento de la baja, idealmente el último día de trabajo. Si la empresa no te lo paga en ese momento, puedes reclamar el recargo por mora. El plazo habitual de impugnación del despido ante el SMAC es de 20 días hábiles desde la notificación.

⚠️ Importante: Firmar el finiquito «conforme» sin reservas puede dificultar reclamaciones posteriores. Si tienes dudas, firma «no conforme» o añade una reserva expresa.

¿Puedo negarme a firmar el finiquito?

Sí. Puedes negarte a firmar o firmar «no conforme». Si no firmas, la empresa igualmente puede consignarte el importe. La firma del finiquito sin reservas implica reconocer que has recibido todo lo que te corresponde, por lo que es recomendable revisarlo con un asesor laboral o tu sindicato antes de firmar.

¿Cómo afecta la jornada parcial al finiquito?

Si trabajas a jornada parcial, el salario base es proporcional y, por tanto, la indemnización también se calcula sobre el bruto anual proporcional. Por ejemplo, si trabajas al 50% con un sueldo equivalente a jornada completa de 20.000 €/año, tu bruto será ~10.000 € y la indemnización se calculará sobre esa cifra.

Calculadora completa de nómina y finiquito

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