Calcula tu pensión estimada, conoce los años que te faltan y entiende por qué la jornada parcial puede impactar seriamente tu futuro.
La pensión de jubilación contributiva en España se calcula aplicando un porcentaje sobre la base reguladora. Ese porcentaje depende de cuántos años hayas cotizado, y la base reguladora es el promedio de tus cotizaciones de los últimos 25 años. Entender estas dos variables es clave.
Se calcula tomando las bases de cotización de los últimos 300 meses (25 años) divididas entre 350. Las 24 mensualidades más recientes se utilizan por su valor nominal; el resto se actualizan según el IPC. Para los trabajadores de farmacia a media jornada, esto es crítico: una base reducida durante 25 años puede suponer perder cientos de euros mensuales de pensión.
| Años cotizados | % sobre la base reguladora | Nota |
|---|---|---|
| Menos de 15 años | 0% | No hay derecho a pensión |
| 15 años | 50% | Mínimo para generar derecho |
| 20 años | 65% | +3% por año entre 15 y 25 |
| 25 años | 80% | Límite del primer tramo |
| 30 años | 90% | +2% por año entre 25 y 37 |
| 35 años | 100% | ¡Máximo alcanzado! |
| 37 años (2026) | 100% | Años mínimos para el 100% y para jubilar a los 65 |
La farmacia comunitaria es un sector con más del 71% de mujeres — y también uno de los sectores con mayor tasa de jornada parcial. Esto tiene consecuencias directas sobre la pensión que conviene conocer.
Si trabajas al 50% de jornada, tu base de cotización también es aproximadamente el 50% de la de un compañero a jornada completa. Eso significa:
El cónyuge supérstite tiene derecho a una pensión del 52% de la base reguladora del fallecido (o del 70% si hay cargas familiares). Para que se genere el derecho, el trabajador fallecido debe tener cotizados al menos 500 días en los últimos 5 años, o 15 años a lo largo de toda su vida laboral.
Además de tus cotizaciones como trabajador, la empresa cotiza a la Seguridad Social por cada empleado. Esta aportación patronal también contribuye a financiar tu futura pensión y es parte del coste total que supones para la farmacia.
| Concepto | % trabajador | % empresa (aproximado) |
|---|---|---|
| Contingencias Comunes (jubilación, enfermedad...) | 4,70% | 23,60% |
| Desempleo | 1,55% | 5,50% |
| Formación Profesional | 0,10% | 0,60% |
| MEI (Mecanismo Equidad Intergeneracional) | 0,13% | 0,58% |
| FOGASA | — | 0,20% |
| TOTAL SS | 6,48% | ~30,48% |
Sí. Hay varias estrategias que, con suficiente antelación, pueden mejorar significativamente tu pensión:
Pasar de media jornada a jornada completa, aunque sea en los últimos 25 años, eleva directamente tu base reguladora y tu pensión estimada.
Cada año que pospones la jubilación más allá de la edad ordinaria te da un incremento del 4% sobre tu pensión. Dos años extra → +8% permanente.
Los planes individuales tienen un límite de deducción de 1.500 €/año (IRPF), pero los planes de empresa permiten hasta 8.500 €/año adicionales. Con horizonte largo, el interés compuesto marca diferencia.
Durante el permiso de maternidad/paternidad, el INSS cotiza la cuota patronal por ti. No pierdes cotización durante las 16 semanas. Desde 2023, el complemento de brecha de género añade entre 1 y 4 años a la base reguladora.
Pide tu informe de vida laboral en sede.seg-social.gob.es. Verifica que no faltan periodos y corrige errores: cada mes cotizado cuenta.
Si pasas periodos sin cotizar (excedencia, paro agotado...), puedes suscribir un convenio especial con la SS para seguir cotizando de tu bolsillo y no perder años.
En 2026, la edad ordinaria de jubilación es de 66 años y 8 meses si has cotizado menos de 37 años y 9 meses. Si has cotizado esa cantidad o más, puedes jubilarte con 65 años.
La jubilación anticipada voluntaria está disponible desde los 63 años, pero conlleva un coeficiente reductor del 3,75% o 4% por cada año anticipado (dependiendo de los años cotizados). En una jubilación anticipada involuntaria —por despido, ERTE, enfermedad...— los coeficientes son algo menores: 3,25% o 3,75% por año.
Del total del 6,48% que cotizas como trabajador, las Contingencias Comunes (4,70%) son las que directamente generan el derecho a la pensión de jubilación. El resto (desempleo, FP, MEI) financia otras prestaciones.
Además, tu empresa cotiza un porcentaje mucho mayor: alrededor del 23,60% sobre tu base de cotización para contingencias comunes. En total, entre empresa y trabajador, el sistema destina en torno al 37% de tu salario a la Seguridad Social.
En 2026 necesitas 37 años cotizados para cobrar el 100% de tu base reguladora. Si tienes exactamente 15 años cobras el 50%, y desde ahí el porcentaje sube aproximadamente un 3% por año hasta los 25 años (donde llegas al 80%), y a partir de ahí un 2% por año hasta alcanzar el 100% a los 37 años.
Se toman las bases de cotización de los últimos 300 meses (25 años) y se dividen entre 350. Las 24 mensualidades más recientes se usan por su valor nominal; el resto se actualizan según el IPC para evitar que la inflación distorsione el cálculo.
Por eso trabajar a jornada parcial durante muchos años tiene un impacto tan grande: si tu salario cotizable fue reducido en la mayoría de esos 25 años, tu base reguladora —y por tanto tu pensión— será mucho menor.
Pensión máxima: aproximadamente 3.175 € al mes (en 14 pagas), actualizable cada año con el IPC.
Pensión mínima contributiva: unos 1.035 €/mes con cónyuge a cargo, y unos 843 €/mes sin cónyuge o con cónyuge económicamente independiente (año 2026, orientativo).
No. Durante una baja por IT (enfermedad común) el INSS o la mutua cotiza en tu nombre, por lo que el periodo computa como cotizado. Durante el permiso de maternidad o paternidad (16 semanas), el INSS cotiza íntegramente la cuota patronal: no pierdes ningún derecho de jubilación.
Desde 2023 existe además el complemento de brecha de género: las trabajadoras con dos o más hijos pueden recibir un complemento de entre 28 y 100 € mensuales en su pensión para compensar el impacto de la maternidad en sus carreras laborales.
Sí, existe la jubilación activa: si cumples los requisitos de jubilación (edad ordinaria + 100% de la base por años cotizados), puedes percibir el 50% de tu pensión mientras sigues trabajando. Si eres trabajador autónomo o empleador, podrías cobrar el 100% en ciertos supuestos.
La jubilación flexible también permite reducir jornada entre el 25% y el 75% y percibir una pensión proporcional al tiempo no trabajado.
En la Sede Electrónica de la Seguridad Social: sede.seg-social.gob.es. Puedes solicitar tu informe de vida laboral, tu informe de bases de cotización (fundamental para calcular la base reguladora real) y una estimación oficial de tu pensión usando la herramienta "Tu Seguridad Social".
Es muy recomendable revisarlo al menos una vez al año para detectar periodos no cotizados o errores de empresa.
Sueldo neto mensual con todos los conceptos del convenio 2026.
Ir a la calculadoraConvierte tu salario bruto en neto de forma rápida.
Ir a la calculadoraPrestación IT: días 1-3 sin cobrar, días 4-20 y 21+.
Ir a la calculadoraRetención orientativa según tramos AEAT 2026.
Ir a la calculadora