Si estás buscando qué ha pasado con el convenio de farmacia esta semana, la respuesta corta es: la situación se ha agravado. La reunión que todos esperaban para el 9 de abril no llegó a celebrarse. Los sindicatos —UGT, CCOO y Fefane— decidieron dar el paso que llevaban meses advirtiendo: solicitar la intervención del Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA). A 14 de abril de 2026, el procedimiento ya está en marcha pero aún sin fecha asignada. La pelota está ahora en el tejado del organismo mediador.
En este artículo te ponemos al día con todo lo que ha pasado, qué significa exactamente la mediación, cuáles son los puntos que siguen bloqueando el acuerdo y qué puedes esperar en los próximos meses.
El estado exacto a 14 de abril de 2026
Situación a hoy — resumen ejecutivo
- El XXVI Convenio de Farmacia lleva 15 meses sin cerrarse.
- La reunión del 9 de abril no se celebró.
- Los sindicatos (UGT, CCOO y Fefane) han solicitado formalmente la mediación del SIMA.
- El SIMA aún no ha asignado fecha para la primera sesión de mediación.
- Mientras tanto, siguen en vigor las tablas salariales provisionales del BOE con el +2% (BOE-A-2026-4220).
- Los trabajadores de farmacia continúan bajo el XXV Convenio en régimen de ultraactividad.
Cronología completa: 15 meses de negociación
Los cuatro nudos que impiden el acuerdo
Según fuentes sindicales citadas por El Español y El GlobalFarma, hay cuatro ejes sobre los que las posiciones de patronal y sindicatos siguen muy distantes:
| Punto | Posición sindical | Posición patronal (FEFE) |
|---|---|---|
| Subida salarial | 6% para recuperar el poder adquisitivo perdido desde 2010 | Incrementos que los sindicatos califican de insuficientes, sin garantizar el poder adquisitivo frente a la inflación |
| Jornada laboral | Flexibilidad equilibrada, con garantías de conciliación para los trabajadores | Propuesta de estructura de jornada que los sindicatos califican de perjudicial para la conciliación, con excesiva flexibilidad patronal |
| Permisos retribuidos | Mantener los permisos de las tardes de Nochebuena (24 dic), Nochevieja (31 dic) y mañana del Sábado Santo, ya consolidados | La nueva propuesta esconde, según los sindicatos, la eliminación de esos permisos retribuidos bajo la apariencia de una reducción de jornada anual |
| Preaviso de cese voluntario | Reducir los 90 días actuales, considerados "anacrónicas" y un obstáculo a la movilidad laboral | Sin posición pública concreta, pero resistencia a la reducción por razones operativas en farmacias con poca plantilla |
Qué es el SIMA y qué puede ocurrir ahora
El Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA) es el organismo estatal adscrito al Ministerio de Trabajo que interviene cuando una negociación colectiva se bloquea. No impone ninguna solución: su papel es facilitar el diálogo con la ayuda de un mediador imparcial, sin capacidad de obligar a las partes a firmar nada. Sin embargo, su intervención suele ser un catalizador importante para desbloquear situaciones enquistadas.
¿Cómo funciona el proceso?
Una vez recibida la solicitud, el SIMA debe citar a las partes en un plazo máximo de 10 días hábiles. La mediación puede desarrollarse en paralelo a negociaciones directas o sustituirlas temporalmente. El proceso es reservado: lo que se habla en la sala de mediación no trasciende al exterior salvo que ambas partes lo acuerden.
Si la mediación no prospera, se abren dos caminos:
- Arbitraje voluntario: las partes aceptan que un árbitro imparcial resuelva los puntos de desacuerdo. Su laudo tiene el mismo valor jurídico que un convenio firmado.
- Continuar en ultraactividad: el XXV Convenio sigue aplicándose indefinidamente mientras no haya acuerdo. Esta situación, aunque legalmente posible, genera inseguridad creciente para ambas partes.
Lo que cobras mientras tanto
Mientras se desarrolla el proceso de mediación y hasta que se firme el XXVI Convenio, las condiciones laborales y salariales aplicables son las del XXV Convenio en ultraactividad, con la subida provisional del 2% ya incorporada a las nóminas. Las tablas vigentes son:
* Incluye Plus Facultativo de 91,49 €/mes. Fuente: BOE-A-2026-4220
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Ir a la calculadora de nóminaPerspectivas: ¿cuándo habrá convenio?
La pregunta que todos se hacen no tiene respuesta fácil. Lo que sí podemos decir con datos sobre la mesa es que el proceso de mediación añade un nuevo tramo al calendario, y que el acuerdo definitivo del XXVI Convenio difícilmente llegará antes del verano.
Escenario 1: la mediación desbloquea el acuerdo (el más optimista)
Si el SIMA asigna fecha en los próximos días y las sesiones de mediación avanzan con rapidez, podría haber un acuerdo en pocas semanas. En este caso, el nuevo convenio se firmaría, se elevaría a la Dirección General de Trabajo para su registro y se publicaría en el BOE. Las condiciones definitivas —incluida la subida salarial real, que podría ser mayor al 2% provisional— se aplicarían con retroactividad desde la fecha que se pacte.
Escenario 2: la mediación fracasa y se va a arbitraje
Si las partes no logran acuerdo en mediación, pueden solicitar arbitraje. El laudo arbitral tiene fuerza de convenio colectivo y resolvería los puntos de desacuerdo de forma vinculante. Este escenario es más largo pero también garantizado: habría resolución final, aunque sin el consenso de ambas partes.
Escenario 3: el bloqueo se prolonga indefinidamente
El menos probable pero no descartable: si ninguna de las dos vías prospera, el sector continuaría en ultraactividad. Los trabajadores mantendrían sus derechos actuales pero sin las mejoras que podría traer el nuevo convenio. Este escenario perjudica a ambas partes y, con el tiempo, aumenta la presión para llegar a un acuerdo.
Preguntas frecuentes
¿En qué estado están las negociaciones del convenio de farmacia en abril de 2026?
A 14 de abril de 2026, las negociaciones del XXVI Convenio Estatal de Oficinas de Farmacia llevan 15 meses bloqueadas. La reunión prevista para el 9 de abril no llegó a celebrarse porque los sindicatos (UGT, CCOO y Fefane) decidieron solicitar la mediación del SIMA ante la falta de acuerdo en puntos esenciales: subida salarial, jornada, permisos retribuidos y preaviso. El SIMA aún no ha asignado fecha para iniciar el procedimiento.
¿Qué es el SIMA y para qué sirve en el convenio de farmacia?
El SIMA (Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje) es un organismo estatal que interviene para desbloquear negociaciones colectivas cuando las partes no alcanzan acuerdo por sí solas. Un mediador imparcial facilita el diálogo entre patronal y sindicatos, sin poder imponer ninguna solución. Si la mediación fracasa, puede recurrirse al arbitraje, cuyo laudo tiene el mismo valor jurídico que un convenio firmado.
¿Cuánto cobran los trabajadores de farmacia mientras dure la mediación?
Mientras dure la mediación y hasta que se firme el XXVI Convenio, siguen en vigor las tablas salariales provisionales publicadas en el BOE (BOE-A-2026-4220), que incluyen una subida del 2% a cuenta. Los salarios base actuales son: farmacéutico/a 2.314,86 €/mes (con plus facultativo), técnico/a 1.507,26 €/mes y auxiliar 1.370,64 €/mes, según el convenio nacional.
¿Qué puntos están bloqueados en la negociación?
Los cuatro ejes de desacuerdo son: (1) la subida salarial, donde los sindicatos piden un 6% y la patronal ofrece incrementos insuficientes según los trabajadores; (2) la jornada laboral, con propuesta empresarial perjudicial para la conciliación según los sindicatos; (3) la eliminación encubierta de permisos retribuidos (tardes de Nochebuena, Nochevieja y mañana del Sábado Santo); y (4) el preaviso de 90 días por cese voluntario, que los sindicatos consideran anacrónico.
¿Qué ocurre si el SIMA no logra un acuerdo?
Si la mediación no prospera, las partes pueden optar por el arbitraje voluntario, cuya resolución tiene efecto de convenio colectivo. La otra posibilidad es continuar bajo la ultraactividad del XXV Convenio de forma indefinida, aunque esta situación genera inseguridad creciente. El proceso de mediación es relativamente ágil: la primera sesión debe celebrarse en un máximo de 10 días hábiles desde la solicitud formal.
¿Si el nuevo convenio sube los salarios más del 2%, me pagarán los atrasos?
Sí. La subida del 2% tiene carácter de "pago a cuenta" del nuevo convenio. Si el acuerdo final contempla una subida mayor, la diferencia entre ese porcentaje y el 2% ya cobrado se liquidaría como atrasos, con efecto retroactivo desde la fecha que se pacte en el nuevo texto. La fecha de efectos es uno de los puntos que también se negocia.
Fuentes: El GlobalFarma (9 abr 2026) · El GlobalFarma — tensión y SIMA · El Español (10 abr 2026) · BOE-A-2026-4220 — tablas salariales 2025-2026