Convenio de Acción e Intervención Social 2026

III Convenio Colectivo Estatal de Acción e Intervención Social · Vigencia 2026-2029
Fuentes: BOE-A-2026-4641 (III Convenio) · BOE-A-2024-12484 (tablas 2025)

Calculadora de Sueldo Neto — Acción e Intervención Social

Salarios base 2025 según el acuerdo BOE-A-2024-12484 (+3,5% sobre 2024). El III Convenio 2026-2029 añade incrementos progresivos desde enero de 2026.

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Tablas salariales 2025 — Acción e Intervención Social

Salarios base anuales por grupo profesional según el acuerdo de revisión salarial para 2025 (BOE-A-2024-12484), que establece un incremento del 3,5% sobre las tablas de 2024. El III Convenio 2026-2029 (BOE-A-2026-4641) añade incrementos progresivos durante 2026-2029, con efectos económicos desde el 1 de enero de 2026.

Grupo Perfil orientativo Salario base anual 2025 Mensual (÷14)
Grupo 0Director/a, Gerente, Responsable de Área29.918,66 €2.137,05 €
Grupo 1Trabajador/a Social, Psicólogo/a, Abogado/a, Médico/a23.597,00 €1.685,50 €
Grupo 2Educador/a Social, Integrador/a Social, DUE, Maestro/a20.461,00 €1.461,50 €
Grupo 3Monitor/a, Técnico/a de Integración, Auxiliar Técnico17.843,00 €1.274,50 €
Grupo 4Auxiliar de Servicios, Auxiliar Administrativo, Operario/a15.582,00 €1.113,00 €

Complementos adicionales: El convenio prevé complementos de Responsabilidad, Coordinación y Experiencia Profesional que pueden añadir entre 500 € y 2.000 € brutos anuales según el nivel y antigüedad. Son incompatibles entre sí (se cobra el más alto). El complemento de Proyecto es compatible con los anteriores.

Información clave del III Convenio de Acción e Intervención Social

El III Convenio Colectivo Estatal de Acción e Intervención Social 2026-2029 fue suscrito el 22 de diciembre de 2025 y publicado en el BOE el 27 de febrero de 2026 (BOE-A-2026-4641). Firmado entre las patronales OEIS, AEEISSS y FAIS, y los sindicatos UGT y CC.OO. Su ámbito de aplicación incluye asociaciones, fundaciones, ONG, plataformas digitales del tercer sector y entidades de economía social cuya actividad principal sea la acción e intervención social: atención a personas sin hogar, infancia y familia, colectivos en riesgo de exclusión social, cooperación internacional, discapacidad (cuando no aplique su convenio específico) y servicios sociales de carácter privado.

Los incrementos salariales son acumulados del 15,85% para los grupos 1, 2 y 3, y del 16,43% para el grupo 4 durante los 4 años de vigencia. La jornada anual máxima se reducirá progresivamente hasta alcanzar las 1.695 horas en 2029. Una novedad importante es la extensión del ámbito funcional a los trabajadores de plataformas digitales del tercer sector.

El convenio establece también que los incrementos no están condicionados a la situación de ningún contrato público, concierto o subvención, lo que garantiza la aplicación de las subidas con independencia de la financiación de cada organización.

Preguntas frecuentes — Convenio de Acción e Intervención Social

¿A qué organizaciones se aplica el convenio de acción social?

El III Convenio se aplica a todas las entidades privadas (asociaciones, fundaciones, ONG, cooperativas, empresas de inserción, plataformas digitales del tercer sector) cuya actividad principal sea la intervención social: atención a personas sin hogar, mayores en riesgo, infancia en dificultad, discapacidad (sin convenio propio), drogodependencias, cooperación internacional, etc. Quedan excluidas las entidades de titularidad y gestión pública.

¿Cuánto cobra un educador social en 2025 en el tercer sector?

Un Educador/a Social encuadrado en el Grupo 2 percibe un salario base anual de 20.461 € en 2025, equivalente a 1.461,50 € brutos mensuales en 14 pagas. Si tiene complemento de coordinación de equipo o de experiencia profesional, puede añadir entre 500 y 2.000 € más al año. En 2026 el salario base sube con los incrementos del III Convenio.

¿Qué diferencia hay entre el convenio de acción social y el de dependencia?

Son convenios distintos que pueden solaparse en algunos servicios. El convenio de dependencia (VIII Marco Estatal) regula específicamente residencias de mayores, centros de día y ayuda a domicilio. El convenio de acción e intervención social es más amplio y cubre servicios sociales comunitarios, atención a exclusión social, cooperación internacional y otras áreas no específicas de la dependencia. Una misma organización puede tener trabajadores bajo ambos convenios dependiendo del servicio que presten.

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