XXV Convenio · Art. 24

Días de libre disposición restantes

Calcula cuántos días de libre disposición te quedan este año según tu fecha de alta y los días ya disfrutados. Aplica al XXV Convenio (2 días) y a convenios provinciales que mejoran esa cifra.

Datos

Preguntas frecuentes

¿Se prorratean los días si entré a mitad de año?

Sí. El cómputo es proporcional al tiempo trabajado durante el año natural. Por ejemplo, si entraste el 1 de julio, te corresponde la mitad de los días anuales.

¿Pueden denegarme un día de libre disposición?

La empresa puede denegarlo por necesidades organizativas justificadas, pero debe motivarlo. Solicítalos por escrito y con antelación.

¿Se pueden acumular si no los disfruto?

Por defecto no. Caducan al finalizar el año natural, salvo que el convenio o pacto de empresa permita acumularlos.