Quedarte media hora más a cuadrar caja, cubrir la guardia de un compañero que falta, un sábado de inventario... en la farmacia las horas extra son frecuentes. Lo que no está tan claro es cuánto te deben pagar por ellas, cuántas puedes hacer al año y qué dice el convenio al respecto. Este artículo responde a cada una de esas preguntas con las cifras exactas del XXV Convenio Nacional y los salarios 2026.
¿Qué dice la ley sobre las horas extra?
La normativa de referencia es el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores (ET). Sus puntos clave para la farmacia son:
- Límite anual: máximo 80 horas extraordinarias al año por trabajador (art. 35.2 ET). Este tope no incluye las horas compensadas con descanso dentro de los cuatro meses siguientes.
- Valor mínimo: la hora extra nunca puede pagarse por debajo del valor de la hora ordinaria (art. 35.1 ET). No existe un recargo mínimo legal; el que exista depende de lo pactado.
- Voluntariedad: las horas extraordinarias son voluntarias salvo que se hayan pactado en convenio colectivo o contrato individual, o sean de fuerza mayor (art. 35.4 ET).
- Compensación alternativa: en lugar de pago económico pueden compensarse con descanso equivalente, si así se acuerda (art. 35.1 ET).
¿Y el XXV Convenio de Farmacia? El convenio no fija un recargo mínimo concreto sobre la hora extra ni las declara obligatorias. Establece que la compensación preferente es en tiempo de descanso. Para el importe, rige directamente el ET: mínimo, el valor de la hora ordinaria.
Cuánto vale una hora extra en farmacia (2026)
La hora ordinaria se calcula dividiendo el salario bruto anual entre las horas anuales pactadas. Con la jornada de 1.785 h/año del convenio (equivalente a 37,5 h/semana para farmacia abierta todo el año) o 39,5 h/semana si la farmacia cierra domingos y doce festivos:
Fórmula: Hora ordinaria = Salario bruto anual ÷ (Horas semanales × 52)
La hora extraordinaria = Hora ordinaria × (1 + % de recargo)
Con los salarios del BOE-A-2026-4220 y 14 pagas, los valores de referencia son:
| Categoría | Salario base mensual | Bruto anual (14 p.) | Hora ordinaria |
|---|---|---|---|
| Farmacéutico/a Nacional | 2.314,86 € (2.223,37 + plus 91,49) |
32.408,04 € | 16,62 €/h |
| Técnico/a Nacional | 1.507,26 € | 21.101,64 € | 10,82 €/h |
| Auxiliar Nacional | 1.370,64 € | 19.188,96 € | 9,84 €/h |
* Calculado con 37,5 h/semana × 52 semanas = 1.950 h/año. Si tu farmacia aplica 39,5 h/semana el divisor sería 2.054 h/año y el valor hora sería algo menor.
Ejemplos reales: cuánto cobras por 80 horas extra
Con los recargos más habituales en el sector (0%, 25% y 75% sobre la hora ordinaria):
Sin recargo no es ilegal. Si el convenio o tu contrato no establece un porcentaje específico, la empresa puede pagarte la hora extra al mismo precio que la ordinaria. Lo que nunca puede hacer es pagarte menos. Si hay duda, revisa tu nómina: la hora extraordinaria debe aparecer como concepto separado.
SS e IRPF: cómo tributan las horas extra
Las horas extraordinarias cotizan a la Seguridad Social y tributan por IRPF igual que el salario ordinario. No existe ninguna exención. El impacto en tu neto viene de los siguientes descuentos:
| Concepto | Trabajador | Empresa (aprox.) |
|---|---|---|
| Contingencias Comunes | 4,70% | 23,60% |
| Desempleo | 1,55% | 5,50% (indef.) / 6,70% (temp.) |
| Formación Profesional | 0,10% | 0,60% |
| MEI | 0,13% | 0,58% |
| Cotización adicional horas extra* | — | 12,00% |
| Total trabajador | 6,48% | — |
* La empresa paga un 12% adicional por horas extra estructurales (o 23,60% si son por fuerza mayor). El trabajador no paga este plus adicional.
Sobre el bruto resultante, se aplica también la retención de IRPF que corresponda según el tipo personal del trabajador (habitualmente entre el 12% y el 20% en farmacia).
¿Quién no puede hacer horas extra?
El ET prohíbe las horas extraordinarias para ciertos colectivos, que en farmacia son frecuentes:
- Menores de 18 años — prohibición absoluta.
- Trabajadoras embarazadas — salvo que sean de fuerza mayor y no supongan riesgo.
- Trabajadores en período de lactancia natural o con jornada reducida por guarda legal.
- Trabajadores nocturnos cuya jornada ordinaria completa se realiza en turno de noche (22:00-06:00). Los que trabajan en turno mixto con tramos nocturnos no están afectados por esta prohibición.
Horas extra vs. nocturnidad: no confundir
Dos conceptos que a veces se mezclan en la nómina de farmacia pero son completamente independientes:
| Concepto | Cuándo aplica | Importe 2026 | ¿Entra en pagas? |
|---|---|---|---|
| Hora extra | Al superar tu jornada ordinaria | ≥ hora ordinaria + recargo pactado | No computa salvo acuerdo |
| Nocturnidad | Horas trabajadas de 22:00 a 06:00 | 1,80–2,66 €/h según categoría | No entra en pagas extras |
Si haces una hora extra en horario nocturno, percibirás ambos conceptos: el precio de la hora extra (según recargo pactado) más el plus de nocturnidad (1,80–2,66 €/h).
Calcula el valor exacto de tus horas extra
Introduce tu salario, número de pagas y recargo pactado. La calculadora te muestra el bruto, SS, IRPF y neto de tus horas extra y la equivalencia en días de descanso.
Abrir calculadora de horas extraCompensar en tiempo: la opción preferente del convenio
El XXV Convenio establece que la compensación en descanso es la opción preferente. Si acordáis esta vía, el trabajador tiene derecho a descansar tantas horas como horas extra realizó (como mínimo). El descanso debe disfrutarse en los cuatro meses siguientes.
Equivalencia en días: si tienes jornada de 37,5 h/semana, 80 horas extra equivalen a 10,67 jornadas de 7,5 horas, es decir, aproximadamente 11 días laborables de descanso extra.
Si la empresa y el trabajador no alcanzan acuerdo sobre la forma de compensación, la normativa legal da preferencia al descanso; pero en la práctica lo más habitual es que se acuerde el pago económico con el recargo que se haya negociado.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas horas extra se pueden hacer en farmacia al año?
El límite legal es 80 horas extraordinarias al año, según el artículo 35.2 del Estatuto de los Trabajadores. Este límite no computa las horas compensadas con descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización. El XXV Convenio de Farmacia no amplía ni reduce este tope.
¿Qué vale una hora extra en farmacia?
El ET establece que el valor de la hora extraordinaria nunca puede ser inferior al de la hora ordinaria. El XXV Convenio no fija un recargo mínimo, por lo que se aplica lo pactado. Los recargos más habituales son el 25%, el 50% o el 75%. Con los salarios 2026: una hora ordinaria de auxiliar vale 9,84 €, de técnico 10,82 € y de farmacéutico nacional 16,62 €.
¿Se pueden compensar con descanso las horas extra en farmacia?
Sí. El artículo 35.1 del ET permite compensar las horas extra con descanso equivalente en lugar de pago económico, de común acuerdo. Si se opta por descanso, debe disfrutarse en los cuatro meses siguientes. Esta opción es la preferente en el XXV Convenio.
¿Las horas extra cotizan a la Seguridad Social?
Sí. Las horas extraordinarias cotizan a la SS igual que el salario ordinario: el trabajador paga el 6,48% sobre su importe (CC 4,70% + Desempleo 1,55% + FP 0,10% + MEI 0,13%). La empresa paga además una cotización adicional del 12% por horas extra estructurales (o 23,60% si son por fuerza mayor).
¿Quién no puede hacer horas extra en farmacia?
Están prohibidas para: menores de 18 años, trabajadoras embarazadas (salvo fuerza mayor sin riesgo), trabajadores en lactancia o con reducción de jornada por guarda legal, y trabajadores nocturnos cuya jornada ordinaria completa se desarrolla entre las 22:00 y las 06:00.
¿Puede el empleador obligarme a hacer horas extra en farmacia?
No, salvo que se hayan pactado en convenio o contrato individual, o sean de fuerza mayor (art. 35.4 ET). El XXV Convenio de Farmacia no las hace obligatorias. Si el empleador presiona indebidamente, puede constituir una infracción grave según la LISOS.
¿Cuánto cobras en nómina cada mes?
Calcula tu sueldo neto exacto con todos los conceptos del convenio: IRPF, Seguridad Social, trienios, pagas extras y mucho más.
Ir a la calculadora de nómina- XXV Convenio Colectivo Nacional de Oficinas de Farmacia (BOE-A-2022-23018)
- Tablas salariales farmacia 2025-2026 (BOE-A-2026-4220)
- Artículos 35 y 36 del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015)