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¿Has notado que tu nómina no refleja las últimas actualizaciones del XXV Convenio Colectivo de Oficinas de Farmacia? Es posible que tengas derecho a reclamar atrasos salariales. En conveniodefarmacia.com, te explicamos paso a paso cómo hacerlo, garantizando que tus derechos como profesional de farmacia sean respetados.

¿Qué son los Atrasos de Convenio y Por Qué se Producen?

Los atrasos de convenio son aquellas cantidades económicas que la empresa debe abonar a sus trabajadores cuando se produce una actualización o revisión de las tablas salariales y otras condiciones económicas en el convenio colectivo aplicable. En el sector de oficinas de farmacia, esto ocurre habitualmente tras la publicación de un nuevo convenio o la revisión de las tablas salariales del vigente, como es el caso del XXV Convenio Colectivo de Oficinas de Farmacia.

Estos atrasos se generan porque, desde la fecha de efectos retroactivos del convenio (o de sus tablas salariales) hasta el momento en que la empresa adapta las nóminas a las nuevas condiciones, existe un periodo en el que los salarios abonados han sido inferiores a los legalmente establecidos. Es crucial entender que estos atrasos no son un extra, sino una parte de tu salario que te corresponde por derecho, tal como establece el Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre).

Identificando los Atrasos: ¿Cuánto me Corresponde?

Para saber si tienes derecho a atrasos y cuánto te corresponde, es fundamental comparar tu nómina actual con las tablas salariales del XXV Convenio Colectivo de Oficinas de Farmacia. A partir de 2026, los salarios base mensuales y pluses quedan así:

Categoría Profesional Salario Base Mensual 2026 Plus Facultativo (si aplica)
Farmacéutico/a Nacional 2.223,37 € 91,49 €
Técnico/a Nacional 1.507,26 € N/A
Auxiliar Nacional 1.370,64 € N/A

Además del salario base, recuerda que los atrasos pueden afectar a otros conceptos como pagas extras, complementos salariales o incluso la base de cotización. La jornada anual establecida es de 1.785 horas. Las cotizaciones del trabajador para 2026 son: Contingencias Comunes (CC) 4,70%, Desempleo 1,55%, Formación Profesional (FP) 0,10% y Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) 0,13%, sumando un total del 6,48%.

Pasos para Reclamar tus Atrasos Salariales

La reclamación de atrasos debe seguir un procedimiento claro para ser efectiva:

  1. Comunicación Formal a la Empresa: El primer paso es notificar a tu empleador, preferiblemente por escrito (burofax o carta con acuse de recibo), tu derecho a percibir los atrasos. En esta comunicación, debes especificar el periodo afectado y la cantidad estimada. Es importante mantener un tono conciliador pero firme.
  2. Conciliación Laboral: Si la empresa no responde o se niega a abonar los atrasos, el siguiente paso es presentar una papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) de tu comunidad autónoma. Este es un intento de llegar a un acuerdo extrajudicial.
  3. Demanda Judicial: Si la conciliación no tiene éxito, el último recurso es presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social. Para este paso, es altamente recomendable contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho laboral.

Es fundamental recordar que existe un plazo de prescripción de un año para reclamar cantidades salariales, contado desde el momento en que la cantidad debió ser abonada (Artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores).

Documentación Necesaria y Consideraciones Legales

Para respaldar tu reclamación, necesitarás la siguiente documentación:

Es importante no confundir los atrasos de convenio con otros conceptos. Los atrasos son cantidades devengadas y no abonadas en su momento, mientras que una subida salarial futura es una mejora de las condiciones a partir de una fecha determinada. Asegúrate de que tu reclamación se base en las disposiciones del convenio y en la legislación laboral vigente.

Preguntas Frecuentes sobre Atrasos de Convenio

¿Cuánto tiempo tiene la empresa para pagar los atrasos una vez publicado el convenio?

El convenio colectivo suele establecer un plazo para el abono de los atrasos. Si no se especifica, se entiende que debe hacerse en un plazo razonable, generalmente en las nóminas siguientes a la publicación o en un pago único específico.

¿Puedo reclamar atrasos si ya no trabajo en esa farmacia?

Sí, el derecho a reclamar atrasos persiste incluso si ya no trabajas en la farmacia, siempre y cuando no haya transcurrido el plazo de prescripción de un año desde que la cantidad debió ser abonada.

¿Qué pasa si la empresa se niega a pagar los atrasos?

Si la empresa se niega, deberás iniciar el proceso de conciliación laboral ante el SMAC y, si no hay acuerdo, presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social. Es crucial no dejar pasar el plazo de prescripción.

¿Los atrasos cotizan a la Seguridad Social y tributan a Hacienda?

Sí, los atrasos salariales tienen la consideración de rendimientos del trabajo y, por tanto, están sujetos a cotización a la Seguridad Social y a retención de IRPF, como cualquier otra parte de tu salario.

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